DECLARACIÓN MISIONAL

La PREDICACION está en el corazón de la vocación dominicana.

La Cónfederación de Herman s Dominicas de América Latina y El Caribe -- CODALC -- reclama para todus y toda la Familia Dominicana, el derecho de Predicar la Palabra en búsquede la Verdad, atendiendo a los desafíos de nuestros tiempos.

Las injusticias que padecen nuesros Pueblos nos urgen a hacer una predicación profética, que responda a las necesidades de los empobrecidos y excluidos, con acciones concretas para la transformación de las estructuras injustas.

Asumimos la misión de anunciar la Palabra para construir un mundo nuevo en el Tercer Mílenio, basado en

la JUSTICIA,
la SOLIDARIDAD
y la PAZ.

ESTATUTOS
I. NATURALEZA Y OBJETIVOS

Art. 1.1     CODALC es un organismo que congrega a todas las religiosas Dominicas de vida apostólica de América Latina y El Caribe, a través de sus Federaciones y Zonas (Cono Sur, Países Bolivarianos, México y Centroamérica, y El Caribe.

Art. 1.2     El Objetivo General es promover la vida religiosa dominicana desde la lectura de la hístoria a la luz, de la Palabra de Dios, construyendo la comunión entre todas las congregaciones para realizar una mejor acción evangelizadora en América Latina y El Caribe.

Art. 1.3         LOS OBJETIVOS ESPEFICOS SON:

a) Profundizar la espiritualidad dominicana
b) Fomentar y, expresár fraternidad dominicana entre las distintas Congregaciones
c) Buscar criterios communes y colaboración en la formación, que nos permita vivir plenamente el carisma dominicano encarnado en América Latina y El Caribe
d) Revitalizar nuestro espíritu evangelizador a la luz de los documentos de la Iglesia y de lasopciones de la Orden, y fomentar el intercambio y realización de experiencias apostólicas
e) Evaluar críticamente la práctica de nuestra vida dominicana para responder a las exigencias del mundo de hoy de manera profética.

II. ORGANIZACIÓN

Art. 2.1         La Asamblea General es la maxima autoridad de CODALC.

Art. 2.2         SON MIEMBROS DE LA ASAMBLEA GENERAL CON VOZ Y VOTO:

a) El Equipo Coordinador.
b) Las Prioras generales, provinciales, vice-provinciales, regionales, vicarias y responsables de entidad, o sus delegadas.
c) Una Hermana que tenga votos perpetuos por cada cuatro (4) Congregaciones o parte de cuatro (4) por cada país.
d) Las Presidentas de Federaciones o Secretariados nacionales que no son Superioras Mayores.
e) El Equipo de CIDALC.

Art. 2.3     Son miembros sin derecho a voto las hermanas u otros miembros de la Familia Dominicana invitados por el Equipo Coordinador.

Art. 2.4     La Asamblea General se reúne cada tres (3) años.

Art. 2.5.     Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir el Equipo Coordinador.
b) Dar orientaciones para el plan de trabajo del trienio.
e) Revisar y modíficar los Estatutos.
d) Fijar feclia y lugar y sugerir temas de la próxima Asamblea.
e) Acordar la cuota anual, revisar y aprobar el estado de cuentas.
f) Elegir las escrutadoras para las elecciones.

Art. 2.6     El Equipo Coordinador es el órgano ejecutivo de CODALC.

Art. 2.7     Son miembros del Equipo Coordinador de CODALC:
- la Coordinádora
- la Promotiora de Justicia y Paz
- la Secretaria Ejecutiva
- cuatro (4) Animadoras de Zona.

Art. 2.8     El Equipo Coordinador es elegío por un período de tres (3) años con posibilidad de una (1) sola re-elección.

Art. 2.9     Son atribuciones del Equípo Coordinador:

a) Fomentar la relación en re las Federaciones Nacionales de Dominicas, impulsando el crecimiento de las ya existentes y promoverlas en los Países donde no existen.
b) Mantener la comunicación permanente con las Federaciones Nacionales y con las ramas de la Familia Dominicana.
c) Convocar a Asamblea ordinaria o extraordinaria a y coordinar su preparación de acuerdo con la Federación del País sede.
d) Rendir informe a la Asamblea sobre gestiones y actividades realizadas.
e) Elaborar el plan de trabajo del trienio y elegir el tema de la Asamblea, teniendo en cuenta las sugerencias de la Asamblea anterior.
f) Establecer los contractos que se crean convenientes con los organismos eclesiales y otros.
g) Reunirse por lo menos una vez al año.
h) Solicitar a las Federaciones o Secretariados los Estatutos y un informe anual de sus actividades.
i) Elaborar el reglamento interno de la Asamblea y proponerlo para su aprobación.

Art. 2.10     Son atribuciones de la Coordinadora:

a) Animar la vida de CODALC en coordinación con el Equipo Coordinador.
b) Impulsar los proyectos asumidos por la Asamblea a la luz de los objetivos de CODALC.
c) Convocar y presidir las reuniones del Equipo Coordinador.
d) Representar la Confederación
e) Mantener el vínculo con el Maestro de la Orden y establecer el contacto con otros organismos.
f) Presidir la Asamblea.

ART 2.11     Son atribuciones de la Promotora de Justicia y Paz.

a) Asumir las fúnciones de la Coordinadora en su ausencia y convocar a una Asamblea extraordinaria electiva en un plazo de seis (6) meses.
b) Ser sensible a las situaciones de injusticia y conscientizar a otros al respecto.
e) Profundizar el compromiso con la Justicía y la Paz y la reflexión en todos los niveles.
d) Crear mecanismos de información y redes de solidaridad, sobre todo con hermanas/os en situaciones de conflicio.
e) Promover reuniones de promotoras de zona.
f) Participar la Cormsión Internacional de Justicia y Paz de la Orden.

Art. 2.12     Son átribucíones de la Secretaria Ejecutiva:

a) Ejecutar las tareas designadas por el Equipo Coordinador.
b) Colaborar estrechament con la Coordinadora. d c) Mantener comunicación con las Federaciones y Congregaciones de América Latina y El Caribe.
d) Enviar a las Federaciones los documentos importantes de la Familia Dominicana.
e) Actuar como Secretaria en reuniones del Equipo Coordinador, el la Asamblea y en las elecciones.
f) Recopilar datos sobre la realidad de las Congregaciones de Dominicas de América Latína y El Caribe.
g) Coordinar las actividades con CIDALC.
h) Encargarse de la gestión económica de CODALC.
i) Presentar los informes económicos al Equipo Coordinador.
j) Preparar el informe económico que el Equípo Coordinador presentará en la Asamblea.
k) Asegurar la cobranza de las cuotas anuales.

Art. 2.13     CODALC organizará al menos una una vez por trienio, y promovidas por las Animadoras de Zona, las reuniones zonales, de las cuales serán directamente responsables las Federaciones de los países donde se realicen.

III. ELECCIONES.

Art. 3.1     Tienen derecho a voz y voto los miembros presentes en la Asamblea. (Ver ART.2.2)
b     las élecciones se hacen por escrutinio secreto.
Art. 3.3     Para la validez de las votaciones, es necesaria la mayoría absoluta.
Art. 3.4     Al tercer escrutinio, si no hay mayoría absoluta, se tendrá en cuenta la mayoría relativa.
Art. 3.5     En caso de empate, se procederá a un cuarto escrutinio con las candidatas que obtuvieron la mayoría relativa.
Art. 3.6     Otras normas de elección que se crean convenientes las dará la Asamblea.

IV. INTERPRETACIÓN DE ESTATUOS

Art. 4.1     Las dificultades que surgieran en la interpretación de estos Estatutos y/o situaciones no previstas serán solucionadas por el Equipo coordinador hasta la próxima Asamblea, a quien compete aclaralas en forma definitive.

CODAL IX
COCHABAMBA 1-6 DE FEBRERO DE 1998


CODALC