Carta del Maestro de la Orden a la Familia Dominicana con motivo del Jubileo de Santo Tomás de Aquino
Fiesta de la Conversión de San Pablo
Goa, India, 25 de enero de 2023
Prot n. 50/22/677 Jubileo Santo Tomás de Aquino
Queridos hermanos y hermanas de la Familia Dominicana,
El 18 de julio de 2023 se celebra el VII centenario de la canonización de nuestro estimado hermano Santo Tomás de Aquino, Doctor de la Iglesia, y el 7 de marzo de 2024 el 750 aniversario de su muerte. Recordamos con gratitud que en 1974, San Pablo VI escribió la Carta Apostólica Lumen Ecclesiae para conmemorar el VII centenario de la muerte del Doctor Angélico.
Con el fin de encender aún más nuestro espíritu de gratitud al Señor, Dador de todas las gracias, solicitamos a la Santa Sede la concesión de la indulgencia plenaria (ver rescripto adjunto) para los fieles debidamente preparados que participarán en las celebraciones eucarísticas organizadas por la Familia Dominicana en nuestras iglesias y escuelas en las ocasiones importantes del jubileo de la canonización y muerte de Santo Tomás de Aquino, y para los fieles que peregrinarán a iglesias, santuarios y oratorios bajo su patrocinio. Las celebraciones del doble jubileo serán del 28 de enero de 2023 al 28 de enero de 2025. Por favor, proporcionen la catequesis necesaria sobre el significado de la indulgencia, así como las condiciones prescritas por la Santa Madre Iglesia para su digna recepción.
Como Doctor de la Iglesia, Santo Tomás sigue siendo un excelente modelo y maestro para nosotros hoy. Como señaló San Pablo VI, el Doctor Angélico concibió “la relación entre todo el orden creado y el orden de las verdades religiosas y especialmente del mensaje cristiano” no en términos de oposición sino de cierta armonía ordenada: “La gracia no disminuye la naturaleza, sino que la lleva a su cumplimiento, mientras que la naturaleza está subordinada a la gracia, la razón a la fe y el amor humano a la caridad divina”. Además, en fidelidad fiel a Santo Domingo que hablaba con Dios (oración) o de Dios (predicación), Tomás enunció una manera de mantener en tensión fructífera las dimensiones contemplativa (estudio y oración común) y apostólica de nuestra vida dominicana: “Porque así como es mejor iluminar que simplemente brillar, así es mejor dar a los demás los frutos de la propia contemplación que simplemente contemplar”. Conscientes de esta importante dimensión de la espiritualidad dominicana, nuestros capítulos generales nos han recordado que debemos mantener siempre la armonía y la sinergia entre nuestra vida dominicana y nuestra misión.
Que nuestra celebración del doble jubileo en la vida de Santo Tomás nos impulse a servir a Dios y a la Iglesia con gran dedicación y profunda humildad -le dijo a Reginald – “mihi videtur ut palea” (todo lo que he escrito me parece paja); a ya no buscar recompensa en este mundo excepto estar con Dios – “Domine, non nisi Te” (Señor, nada más que tú).
Fr. Gerard Francisco Timoner III, OP
Maestro de la Orden
Decreto – Indulgencia plenaria – Santo Tomás de Aquino
La Penitenciaría Apostólica, para acrecentar la devoción de los fieles y para la salvación de sus almas, en virtud de los poderes que le han sido conferidos de modo especialísimo por Francisco, Papa por divina providencia, nuestro santísimo Señor en nuestro Padre y Señor Cristo ; Considerando la petición que le ha dirigido recientemente el Reverendo Padre Gerard Timoner III, Maestro General de la Orden de Frailes Predicadores, con motivo de las solemnes celebraciones en honor de Santo Tomás de Aquino, que tendrán lugar entre el 28 de enero de 2023 y el 28 de enero de 2025; La Penitenciaría Apostólica, por tanto, recurriendo a los tesoros celestiales de la Iglesia, concede de buen grado una indulgencia plenaria, de la que pueden gozar los fieles verdaderamente arrepentidos y piadosos en las condiciones habituales (confesión sacramental, comunión eucarística y oración por las intenciones del Sumo Pontífice), y que puede aplicarse por vía de sufragio también a las almas de los fieles que aún se encuentran en el purgatorio, cada vez que peregrinen a un lugar santo relacionado con la Orden de los Frailes Predicadores2, y allí participen devotamente en las ceremonias jubilares, o al menos dediquen un tiempo suficiente al piadoso recogimiento, concluyendo con la oración dominical, el símbolo de la fe y las invocaciones a la Santísima Virgen María y a Santo Tomás de Aquino.
También podrán obtener indulgencia plenaria los ancianos, los enfermos y todos aquellos que no puedan salir de casa por cualquier motivo grave si, arrepintiéndose de todos sus pecados y con la intención de cumplir cuanto antes las tres condiciones habituales, se unen espiritualmente a las celebraciones jubilares ante una imagen de Santo Tomás de Aquino, ofreciendo a Dios misericordioso sus oraciones, así como las dolencias y enfermedades de su vida.
Para facilitar el acceso al perdón de Dios mediante el poder de las llaves en la caridad pastoral, la Penitenciaría exhorta a los sacerdotes de la Orden de Frailes Predicadores* a ofrecerse con corazón pronto y generoso para celebrar la penitencia y administrar asiduamente la comunión a los enfermos.
Únicamente será válida para esta conmemoración de Santo Tomás de Aquino, no obstante cualquier circunstancia contraria.
Dado en Roma, en el Palacio de la Penitenciaría Apostólica, el 20 de enero de 2023.
* La expresión “quodlibet templum Ordini Fratrum Praedicatorum ubicumque spectans” implica una relevancia jurídica así como una presencia pastoralmente activa y no sólo un vínculo histórico. La Indulgencia puede obtenerse en todas las iglesias, santuarios, capillas, etc. cuya atención pastoral nos esté actualmente confiada.