“Dominicanes in synodi coetu de synodalitate”
Hay palabras que a lo largo de la historia de la Iglesia han querido significar un deseo profundo de “volver a los orígenes”. Dichas expresiones no eran usadas en una perspectiva melancólica por los tiempos idos, o en un deseo de escaparse del “hoy” que la Providencia presentaba. Sabemos en ese sentido lo que significó la “REFORMA”, llamada comúnmente “Gregoriana” por el primer Papa que la impulsó, que acompañó varios siglos de esa historia. Este contexto –de tantos siglos- fue ciertamente el marco en el que nació la Orden de Predicadores, en el que bebió Santo Domingo el deseo de ser fiel al ideal de vida de los Apóstoles.
Quizás ese deseo de reforma tuvo su expresión “sinodal” en Concilios como el IV Concilio de Letrán que dio su impulso o marco jurídico a ese ideal.
La expresión “Reforma” quizás es más conocida por la obra emprendida a través del Concilio de Trento y –valga la redundancia- las reformas que inspiró a la Iglesia. Incluso se estudiaban sus determinaciones como contrapartida a la “Reforma” (entendida como cismática), llamándola comúnmente y quizás de un modo demasiado simplista “La verdadera Reforma” o “Contrarreforma”.
A nadie se le escapa que en esta etapa de varios siglos haya figuras realmente valiosas que han llevado adelante semejante deseo de ir a las fuentes: ¡Santa Catalina de Siena! (a quien no pocos llaman la “Madre de la Reforma”) por citar aquella “a la que parece haber pasado toda el alma de Santo Domingo”, como lo expresaba fray Aniceto Fernández, OP, escribiendo a la Orden cuando ella fue declarada Doctora de la Iglesia. Desde otra perspectiva –análoga- San Pío V…
Después de la Revolución Francesa (o “las revoluciones”, para ser más precisos: 1789, 1830, 1848… y el así llamado Imperio Napoleónico, con sus tonos anticlericales, etc.) no solo las monarquías que el Emperador combatió, sino la misma Iglesia, usaron otra expresión, pero asumiendo también el profundo deseo de volver a los orígenes: la RESTAURACIÓN. Para la Iglesia, no se trataba –una vez más lo repito- de un simple deseo de “volver atrás”. Al contrario, era necesario aprender las lecciones, los motivos y causas de esas revoluciones y del mismo anticlericalismo, promoviendo un profundo cambio ¡Evangélico! La Orden también estuvo a la vanguardia de esta «restauración». Baste citar a fray Henri – Dominique Lacordaire, OP, en su predicación y su célebre “Memoria para la Restauración de la Orden…”.
Las dos guerras mundiales, queriendo ser sintético, también provocaron enormes preguntas a la humanidad, sobre todo a Europa que tuvo esas guerras como más visible campo de batalla (por cierto, con diversos “ecos” en los dominios coloniales de las potencias europeas). La palabra RENOVACIÓN fue la que intentó abrazar y asumir ese mismo deseo. Podemos hablar incluso de diversos aspectos de una renovación “pre- conciliar” (ya en materia litúrgica, de estudios bíblicos, etc.); “conciliar” (la celebración del Concilio Vaticano como el más grande evento eclesial del siglo XX) y “posconciliar” (en cuanto a las consecuencias de dicho Sínodo –porque lo fue y a veces se le llamó así- en la vida de la Iglesia universal). Recordamos a numerosos pensadores y teólogos de la Orden que influyeron con su pensamiento en los textos conciliares: fray Yves Marie – Joseph Congar, OP, fray Marie -Dominique Chenu, OP, etc.
Especialmente (pero no de manera exclusiva o excluyente) el Concilio o los “Padres conciliares” (en su preparación, desarrollo y enseñanzas – puesta en práctica de las mismas en toda la Iglesia) expresaron otras palabras que deseaban de alguna manera manifestar la RENOVACIÓN. Curiosamente en diversos idiomas, la de aquellos que las pronunciaban o promovían. Incluso muchos –de diversas lenguas- las citaban tal cual lo habían hecho los “Padres” en sus escritos:
- Ressourcement: volver a las fuentes (gratitud por el pasado).
- Aggiornamento: actualizar al hoy (vivir con pasión el presente).
- Development: el desarrollo de la doctrina (mirada esperanzada en el futuro).
¿Qué quiero decir? Dos Documentos de la Comisión Teológica Internacional publicados durante el pontificado del Papa Francisco son significativos para la comprensión más profunda de las palabras SÍNODO – SINODALIDAD, desde el significado también del Bautismo y la corresponsabilidad de todo bautizado en la vida y misión de la Iglesia; una Iglesia que es sinodal: “La sinodalidad en la vida de la Iglesia” (2018) y “El sensus fidei en la vida de la Iglesia” (2014).
El primero de los dos citados (si bien posterior al del sensus fidei) despliega con claridad el sentido principal de ambas expresiones (SÍNODO – SINODALIDAD), reconociendo y presentando incluso muy diversos sentidos o significados análogos. En efecto, no podemos hablar de un único sentido o significado unívoco de dichas palabras; tampoco podemos decir que cada uno de sus significados no tienen nada que ver el uno con el otro como si se tratara de expresiones totalmente distintas, sin relación profunda entre ellas, ¡equívocas! La tentación de todo fundamentalismo y su contracara -el relativismo- siempre se agazapan peligrosamente cuando deseamos que todo se reduzca a un único – exclusivo y excluyente- significado o cuando usamos para todas las palabras perspectivas que son totalmente diversas, sin relación entre ellas, impidiendo también un verdadero diálogo.
Nuestro “hoy” de la Iglesia nos pide, justamente, profundizar en el sentido más profundo de esa palabra que expresa con sencillez un deseo eclesial: “Caminar juntos”. No bastará un análisis semántico, sintáctico, morfológico de la expresión. El sentido común, el sentido de la Fe del Pueblo de Dios, lo comprende, aunque no lo alcance a expresar con ideas “claras y distintas”, desde la altura y anchura, longitud y profundidad del misterio de Dios manifestado en Cristo y en su Iglesia. Eso se expresa ante todo en el deseo de participar, de ser parte. El llamado sinodal, a fuerza de usar un juego de palabras, nos alienta (en castellano tiene más sentido): “No se aparte, sea parte”.
Debo reconocer que en la vida religiosa (al menos en mi experiencia personal como fraile de la Orden de Predicadores) tanto en “capítulos” (locales, provinciales o generales) he sido testigo directo y privilegiado de lo que significa tratar, discernir, definir comunitariamente todo lo que “toca” a la vida de los frailes o de muchos aspectos de la vida de las contemplativas de la Orden o incluso de cuestiones propias de la “Familia Dominicana”.
Ese TODOS, ALGUNOS, UNO (según los grados y niveles de autoridad personal o colegial) se presenta constantemente en la Orden como un “sentarse alrededor de la mesa”. Así lo ha querido celebrar la Orden en estos años de fiesta por los 8 siglos de la confirmación de la Orden, de la “pascua” de Santo Domingo. Todos somos hermanos y hermanas (Fratres – Sorores), como frailes, hermanas (en las comunidades de nuestras contemplativas y Congregaciones religiosas, Fraternidades laicales de la Orden, etc.).
Para comprender esto siempre es bueno volver a subrayar el principio canónico medieval (regla de derecho) que penetra nuestro estilo de vida y gobierno: “Quod ad omnes tangit ab omnibus tractari et approbari debet”1. En este espíritu, el beato Humberto de Romans, cuarto sucesor de Santo Domingo (1254-1263), escribió con mucho sentido común: “El bien que es aceptado por todos, es promovido con rapidez y facilidad”2.
Refiriéndome más precisamente a los Capítulos Generales de los frailes, estos se sucedieron con diversa periodicidad a partir de 1220. Si no me equivoco, con el último Capítulo General de Definidores celebrado en Tultenango – México (2022), ¡ya se han celebrado 291 Capítulos Generales en la Historia de la Orden!
Me permito una digresión, que creo importante si bien parezca una nota meramente “política” (aparentemente, pues la política es la expresión suprema de la caridad, al tratarse de la caridad ordenada al bien común). Pero el alma de todas estas instituciones propias de la vida y gobierno de la vida religiosa ha sido, justamente, la “sinodalidad”.
Es importante comprobar a lo largo de la historia de los hombres la mutua influencia de los sistemas sociopolíticos de cada tiempo y la historia de la vida religiosa. En efecto, mundos culturales aparentemente diversos se relacionan íntimamente.
Cuando en los siglos XII y XIII los municipios, gremios y universidades comenzaron muy lentamente a recurrir al sistema del escrutinio y del voto secreto, las Órdenes y la Iglesia utilizaban estas técnicas electorales y deliberativas hacía ya varios siglos, y muchas otras más, mejor elaboradas y más seguras.
En 1216, Juan sin Tierra fue obligado a otorgar la “Carta Magna”, esbozo muy impreciso y embrionario del régimen parlamentario. Hacía un siglo que, bajo el signo de la Carta Caritatis (1119), funcionaba regularmente en la Orden del Císter un régimen de asamblea representativa regularmente elegida, que se reunía cada año: el Capítulo general.
En 1689, para ofrecer un último ejemplo, ve la luz uno de los textos constitucionales más antiguos de la historia europea, el “Bill of Rights”. Hacía casi diez años que sus Constituciones organizaban a uno de los primeros y más desarrollados Institutos religiosos dedicados a la educación: los Hermanos de las Escuelas Cristianas (Hermanos de La Salle).
Si sólo analizáramos desde un plano “natural” la historia de estos Institutos religiosos (la Orden de Predicadores, entre ellos), se nos ocurren varias preguntas: ¿cómo han sobrevivido después de tantas guerras, luchas, tensiones o divisiones, supresiones o exclaustraciones obligadas por diversas autoridades civiles en épocas tan diversas como las de las monarquías absolutistas, los imperios personalistas, las repúblicas de neto corte anticlerical?
Las Reglas y Constituciones de Institutos Religiosos fundados para la “salvación de las almas” continúan siendo un intento de “racionalización” y/o “secularización” en el ámbito del poder político de una misión que tiene evidentemente una finalidad “sobrenatural”. En estas leyes todo parece construido como si la Providencia no interviniera en cada momento, incluso como si todo dependiera de los hombres.
En diversas normas prescritas, por ejemplo, para las elecciones, todo se prevé también para evitar el fraude, para garantizar la claridad.
San Benito, San Francisco y San Ignacio, que tantas y tan bellas palabras reservan a la autoridad en la vida religiosa, de alguna manera han previsto para sus hijos mecanismos constitucionales destinados a eliminar abades o superiores que no fuesen dignos de su cargo y que no adecuasen sus directivas a los fines previstos para cada Instituto. Los poderes amplios de un Superior general son tales sólo en la medida que edifiquen y construyan la comunidad que los ha elegido y promuevan los medios debidamente ordenados a sus fines. Por ello se le fijan límites y se establecen “contrapesos” a su potestad. Conocemos —a través de la historia- el sentido de la célebre máxima: “El poder corrompe, el poder absoluto corrompe absolutamente”3
Los Institutos religiosos deben ser gobernados. Por ende, inmediatamente se plantean los desafíos relativos al gobierno de seres humanos, problemas parecidos —análogos- si no idénticos a los “civiles” o “del mundo”. Entre ellos: la elección de los que gobiernan; la adaptación de los textos constitucionales a la realidad cambiante de las sociedades; el equilibrio entre una centralización rígida y una descentralización centrífuga; los problemas o desafíos que puede provocar una administración eficaz pero lejana o un estilo de gobierno respetuoso de lo local, pero sin sentido de pertenencia; los derechos de los súbditos y las prerrogativas de los Superiores, etc.
De este modo, el gobierno de los religiosos se nos ofrece como una excepcional experiencia política continuada, no sin incidencias, pero sí por lo menos sin rupturas durante siglos, sobre la base de ciertos supuestos. Entre esos supuestos distinguimos algunos que son constantes: como la Regla, las Constituciones, el espíritu cristiano; otros son variables al máximo, porque así son las condiciones que impone la Historia4.
El estilo de gobierno de los consagrados manifiesta su espiritualidad; son expresiones del carisma de los fundadores que –en la Iglesia, in medio Ecclesiae– fueron confirmados por la autoridad correspondiente.
Bahía Blanca, 1º de mayo, 2024
Memoria de San José, obrero
+ Fray Carlos Alfonso Azpiroz Costa OP
Arzobispo de Bahía Blanca
- Cf. Yves-Marie Congar, «Quod omnes tangit, ab omnibus tractari et approbari debet» en Revue historique de droit francais et étranger 36 (Paris 1958) 210-259. ↩︎
- Expositio Regulae, XVI en Opera de vita regulari, ed. J.J. Berthier (Casali 1956) vol I, p. 72; cf. Liber Constitutionum et ordinationum Fratrum Ordinis Praedicatorum (LCO) n. 6 ↩︎
- John Emerich Edward Acton (Napoli 1834 — Tegernsee 1902), en una carta escrita en abril de 1887 a Mandell Creighton (futuro obispo anglicano de Londres), pronunció ésta su frase más famosa: «Power tends to corrupt, and absolute power corrupts absolutely». ↩︎
- Cf. Benedicto XVI, Discurso a los miembros de la Curia romana con ocasión de la Navidad, 22.12.2005 ↩︎